ElIVA reducido se le puede aplicar a una persona física o comunidad de propietarios siempre y cuando: -Que no actúe en la vivienda como empresario o profesional. -Que el uso de la vivienda sea particular, es
Dadoque los arrendamientos de inmuebles que realiza están sujetos a IVA, pero unos exentos del impuesto y otros no, en principio sólo puede deducir las cuotas soportadas en una proporción determinada (prorrata).El importe a deducir se puede calcular aplicando la prorrata general o la prorrata especial.. Prorrata general: se deduce un porcentaje delSilos materiales constituyen más del 40% de la factura, se entiende que hablamos más bien de una entrega de bienes que de una prestación de servicios, a efectos del IVA, y el tipo sería el general (21%). Cambio de criterio de Hacienda con el IVA reducido en obras. Atención: ha habido un cambio de criterio de Hacienda. Antes
. 399 422 279 492 55 173 296 69